RESICO
Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas y morales.
Pueden tributar las personas físicas que:
- No excedan de $3,500,000 de ingresos anuales
- Realicen actividades empresariales
- Presten servicios profesionales
- Para personas morales el limite de los ingresos anuales es de $35,000,000
- Obtengan ingresos por arrendamiento
Siempre y cuando:
- No sean socios, accionistas o integrantes de personas morales
- No tributen simultáneamente en otros regímenes incompatibles
- Si se rebasa el límite de ingresos, debe salir del régimen
- Ventas de bienes
- Prestación de servicios
- Honorarios profesionales
- Arrendamiento de inmuebles
- Inscribirse o actualizarse en el RFC
- Emitir CFDI por los ingresos recibidos
- Contar con firma electrónica y buzón tributario activo
- Presentar pagos provisionales mensuales de ISR
- Presentar declaración anual
- Determinar y pagar IVA cuando corresponda
- No se aplican deducciones de gastos
- El impuesto se calcula directamente sobre los ingresos cobrados