Aplica a personas físicas que obtienen ingresos por la venta o transmisión de propiedad de bienes como:

  • Casas y terrenos
  • Vehículos
  • Obras de arte
  • Acciones

    Se consideran ingresos acumulables

  • Precio de venta del bien
  • Cantidades adicionales pagadas por el comprador
  • Intereses por pago diferido
  • Cualquier contraprestación recibida por la transmisión del bien
  • Inscribirse en el RFC (si no están registradas)
  • Determinar la ganancia obtenida en la operación
  • Pagar ISR por la enajenación del bien
  • Presentar declaración anual cuando proceda
  • En algunos casos, acudir ante notario para el cálculo y retención del impuesto (inmuebles)

Para determinar la ganancia se pueden deducir:

  • Costo comprobado de adquisición del bien
  • Gastos notariales
  • Impuestos pagados por la adquisición
  • Mejoras realizadas al bien
  • Comisiones por venta

Ganancia fiscal = Precio de venta – costo actualizado y deducciones.