Ingresos por Intereses
Régimen aplicable a personas físicas que obtienen rendimientos financieros.
Aplica a las personas físicas que obtienen rendimientos financieros derivados de inversiones:
- Cuentas bancarias.
- Instrumentos financieros o préstamos otorgados
- Préstamos otorgados a terceros con cobro de intereses
Se consideran ingresos acumulables:
- Intereses reales obtenidos (rendimiento menos inflación)
- Rendimientos pagados por instituciones financieras
- Intereses por préstamos entre particulares
- Ganancias derivadas de instrumentos financieros
- Inscribirse en el RFC (cuando corresponda)
- Considerar las constancias de intereses emitidas por instituciones financieras
- Determinar ISR en pagos provisionales o en la declaración anual
- Presentar declaración anual cuando los ingresos lo requieran
- Conservar documentación de inversiones y rendimientos
- No se deducen gastos como en actividades empresariales
- Se determina el interés real, descontando la inflación del rendimiento nominal
Nota: Esto permite gravar únicamente la ganancia económica efectiva