Aplica a las personas físicas que obtienen ingresos por la prestación de un trabajo personal subordinado, es decir, cuando existe una relación laboral con un patrón y reciben ingresos por:

  • Sueldos
  • Salarios
  • Prestaciones laborales
  • Aguinaldo
  • Primas
  • Bonos
  • Tiempo extra
  • Indemnizaciones laborales
  • Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)

Se consideran ingresos acumulables:

  • Sueldo base
  • Bonos y comisiones
  • Horas extras
  • Gratificaciones
  • Prestaciones en efectivo y en especie
  • PTU.

Para el trabajador:

  • Estar inscrito en el RFC
  • Proporcionar datos fiscales al empleador
  • Presentar declaración anual cuando proceda

Para el patrón:

  • Calcular y retener ISR
  • Enterar el impuesto al fisco
  • Emitir CFDI de nómina

El trabajador:

  • No realiza deducciones en pagos mensuales
  • Puede aplicar deducciones personales en la declaración anual, como:
    • Gastos médicos.
    • Colegiaturas (con límites)
    • Seguros de gastos médicos
    • Intereses reales por créditos hipotecarios
    • Aportaciones voluntarias al retiro